La empresa UTE Móstoles-Coimbra explota un polideportivo en el Parque Coimbra en idéntico régimen de concesión que la empresa ITV Móstoles S.L. A la primera se le niega la rescisión del contrato de mutuo acuerdo y a la segunda se le perdona una deuda cercana a los dos millones y medio de euros.
El 21 de febrero de 2006 la Junta de Gobierno Local adjudicaba la concesión una parcela municipal situada en la calle Eucalipto del Parque Coimbra de Móstoles para la construcción y explotación de un polideportivo, siendo beneficiaria de dicha concesión la unión de empresas UTE Móstoles- Coimbra formada por las compañías Cobra Servicios Auxiliares S.A y Opade S.A. La concesión tenía una duración de cuarenta años a contar desde la puesta en servicio del complejo deportivo.
El 23 de abril de 2021 los representantes legales de la UTE Móstoles-Coimbra registran en el Ayuntamiento de Móstoles una solicitud para rescindir de mutuo acuerdo el contrato de concesión, renunciando expresamente a cualquier compensación que pudiera corresponderles por dicha rescisión, así como a la fianza depositada en su día, comprometiéndose a seguir explotando la instalación hasta la fecha que se determinase en el acuerdo de resolución de contrato.
El 2 de noviembre de 2021 el concejal de Deportes, Carlos Rodríguez (PSOE), dicta una orden para que se conteste a la solicitud registrada el 23 de abril, materializándose en un informe del Jefe de Servicio de Deportes de fecha 15 de noviembre en el que se rechaza la pretensión de UTE Móstoles-Coimbra de rescindir el contrato de mutuo acuerdo por considerarla como “no ventajosa para el Ayuntamiento de Móstoles” ya que “conllevaría, no sólo dejar de ingresar una cantidad próxima a los 50.000 euros (canon) sino la obligación de presupuestar a cargo municipal para la futura concesionaria una cantidad aproximada de 300.000 euros”. Esta cifra – los 300.000 euros- vendrían determinados por la amortización pendiente del inmovilizado (el propio edificio) según un informe pericial aportado por UTE Móstoles-Coimbra junto a su solicitud del 23 de abril de 2021.




En base a este informe la Junta de Gobierno Local decide, el pasado 1 de febrero, rechazar la solicitud de rescisión del contrato formulada por la empresa, siendo muy relevante la argumentación jurídica que sustenta la decisión municipal, ya que tal y como se afirma en el punto tercero de los Fundamentos Jurídicos del acuerdo “de no ser beneficiosa para el Ayuntamiento en ningún caso puede fundamentarse – la rescisión- en las pérdidas que pueda producir la concesión ya que esta se realiza a riesgo y ventura de la concesionaria”. Este párrafo, irreprochable jurídicamente, es clave para entender la diferencia de criterio aplicado por el gobierno local para dos casos de igual naturaleza, que no es otra que el riesgo que asume una empresa con respecto a una concesión administrativa, riesgo que no puede trasladarse en ningún caso a la Administración. En el caso ITV Móstoles, investigado en vía Penal en el Juzgado de Instrucción nº 1 de Móstoles, el criterio seguido por el gobierno de Noelia Posse, fue diametralmente opuesto y enfrentado a los informes de los funcionarios de habilitación nacional. Decidió asumir unas supuestas pérdidas de la empresa concesionaria como propias de la Administración condonando casi 2.5 millones de euros de deuda tanto vencida como a futuro, sin tener en cuenta que la concesión de suelo y explotación del negocio de inspección técnica se realizaba a riesgo y ventura de la empresa. También es muy ilustrativo del diferente trato dispensado el hecho de que la UTE Móstoles Coimbra presente un informe pericial independiente para avalar su pretensión de rescisión de contrato, frente a la ausencia total de documentación mercantil aportada por ITV Móstoles, bastándole presentar un simple folio con sus cuentas, en el que no se identifica tan siquiera a su autor, para obtener un acuerdo de perdón del grueso de su deuda absolutamente beneficioso para sus accionistas y totalmente gravoso para el Ayuntamiento de Móstoles.